Departamento de Seguridad Humana y Protección Contra Incendios »
Artículo 42 de la ley 1575 del 21 de agosto de 2012
De conformidad a lo establecido por la legislación colombiana en lo que se refiere a las inspecciones técnicas en prevención de incendios y seguridad humana la Ley 1575 de 2012 “Ley General de Bomberos de Colombia”, establece que el organismo competente para la realización de dichas inspecciones y revisión son los cuerpos de bomberos establecidos en el territorio nacional.
Las inspecciones deben contemplar los siguientes aspectos:
»Realización de inspecciones y prueba anual de los sistemas de protección contra incendio de acuerdo con la normatividad vigente.
»Realización de inspecciones técnicas planeadas referentes a incendio y seguridad humana.
Además, afirma que “todos los ciudadanos deberán facilitar en sus instalaciones las inspecciones de seguridad humana y técnicas que el Cuerpo de Bomberos realice como medida de prevención y durante las acciones de control”.
La inspección es uno de los mejores instrumentos disponibles para descubrir los problemas y evaluar los riesgos antes que ocurran los incidentes y otras pérdidas. El hallazgo de condiciones inseguras en las edificaciones y sistemas de protección contra incendios y seguridad humana, por medio de la inspección y su rápida corrección, es la herramienta fundamental de la prevención y protección a la vida de las personas y la infraestructura de la Organización.
PROPÓSITO DE LA INSPECCIÓN OCULAR
- La Inspección establece los requerimientos básicos que debe cumplir cualquier edificación para brindar a los ocupantes una adecuada y razonable protección en caso de una emergencia haciendo mayor énfasis en los incidentes por incendio.
- La inspección debe regular los aspectos generales sobre seguridad humana y protección contra incendios que se deben incorporar en toda edificación nueva o en remodelación, esta pretende que toda edificación cuente con los sistemas básicos requeridos para que los edificios brinden a sus ocupantes un nivel razonable de seguridad en caso de una eventual emergencia.
OBJETIVOS
- Recorrer las instalaciones de la organización de manera sistemática para identificar y verificar el buen funcionamiento de los Sistemas de Seguridad Humana y Prevención de Incendios.
- Determinar el cumplimiento de la Normatividad referente a la Seguridad Humana y Prevención de Incendios por parte de la organización.
- Realizar el informe de inspección, dejar constancia de recomendaciones y requerimientos, acciones correctivas y seguimiento en materia de seguridad humana y prevención de incendios a la organización de manera que esta cumpla con la normatividad vigente.
- Expedir certificado de cumplimiento por un año a la organización si proporciona un ambiente que resulte razonablemente seguro para los ocupantes en caso de incendio o emergencias similares, de acuerdo con la normatividad vigente.
ALCANCE
La Inspección aplica para las personas naturales o jurídicas y organismos de Derecho Público o Privado, propietarios, administradores, apoderados y/o representantes de los objetos de inspección, incluye aquellos aspectos de la construcción, la protección y las ocupaciones necesarias para minimizar el peligro para la vida humana en los incendios.